La normativa
mexicana no solo regula qué debe contener un expediente clínico: también regula el software que lo guarda.
Telfro se diseñó desde el esquema de base de datos para cumplirla.
NOM-004 y NOM-024
Contenido mínimo del expediente, identificador
único de paciente y conservación por al menos cinco años, con respaldos automáticos y recuperación a un
punto en el tiempo.
Nada se borra
El borrado físico de información clínica está
prohibido por diseño. Cada lectura, alta y modificación deja registro con usuario, fecha, origen y el
detalle de lo que cambió.
Aislamiento entre
consultorios
Cada consultorio vive en su propio
compartimento, verificado a nivel de base de datos. Ningún usuario de otra clínica puede alcanzar tus
datos, aunque compartan el mismo sistema.
Acceso sin contraseñas
Se entra con un código de un solo uso enviado
por WhatsApp, con caducidad corta. Sin cuentas compartidas, con cierre de sesión por inactividad y
revocación remota.
Cifrado de extremo a
extremo del dato
Comunicación bajo TLS 1.2 o superior; base de
datos y archivos clínicos cifrados en reposo con AES-256.
Consentimiento del paciente
Los datos de salud son datos personales
sensibles bajo la LFPDPPP. El aviso de privacidad y la aceptación expresa se capturan y quedan
versionados antes de guardar cualquier dato clínico.
La inteligencia
artificial de Telfro atiende la conversación y la agenda: no diagnostica, no prescribe y no toma decisiones
clínicas. Esa responsabilidad sigue siendo del profesional.